“Ni Ley Mordaza ni Mordaza Maquillada”

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MANIFIESTO de la Movilización del 8 de noviembre

“Ni Ley Mordaza ni Mordaza Maquillada”

La Ley Mordaza se ha empleado de manera recurrente desde su aprobación en 2015 para desmovilizar a organizaciones, activistas, periodistas y ciudadanía en general que se implican en la defensa de los derechos humanos.

Dentro de muy poco se va a reformar la Ley de Seguridad Ciudadana, pero si no se escuchan nuestras demandas sobre la reforma, la protesta seguirá amordazada. El acuerdo de gobierno para la reforma de la ley ha llegado con bastantes años de retraso, pero lo que es peor, si no se modifica no eliminará los elementos más lesivos para los derechos humanos, siendo un maquillaje a la Ley Mordaza.

Con la actual propuesta de reforma la Ley de Seguridad Ciudadana seguirá suponiendo una mordaza frente a la protesta pacífica.

Desde la aprobación de la reforma de la ley en 2015 y hasta diciembre 2019 se impusieron cerca de 140.000 sanciones  en base únicamente a dos artículos: resistencia, desobediencia o negativa a identificarse» (artículo 36.6) y «faltas de respeto a la autoridad» (artículo 37.4), suponiendo el 70% del total de sanciones impuestas en materia de seguridad ciudadana. Ninguno de estos artículos es abordado por el acuerdo de reforma. La propuesta de reforma tampoco plantea eliminar el artículo relativo a la “difusión de imágenes” de actuaciones policiales (artículo 36.23). Las actuaciones policiales deben poder ser documentadas tanto por periodistas como por la ciudadanía en general.

La propuesta de reforma es una reforma Ni-Ni. Porque ni reduce los amplios poderes discrecionales de las fuerzas y cuerpos de seguridad, ni establece adecuados mecanismos de control y rendición de cuentas, dejando la puerta abierta a actuaciones arbitrarias. Ni se prohíbe el uso de pelotas de goma. Ni elimina el artículo que criminaliza a las trabajadoras sexuales y a las víctimas de trata. Ni incluye la prohibición expresa de redadas racistas, ni plantea eliminar la aparente cobertura legal dada por la ley a las conocidas como devoluciones en caliente.

Ante todo ello no nos quedamos calladas, nos movilizamos. Este 8 de noviembre volvemos a defender el derecho a la protesta protestando. Nos plantamos 12 horas plantadas frente al Congreso y también en otras muchas ciudades frente a las Delegaciones de Gobierno.

Dentro de poco se llegará a un acuerdo de reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana. Tras 7 años movilizándonos cientos de organizaciones y miles de personas reclamamos que seamos escuchadas, que se deje de reprimir la protesta y de vulnerar derechos con esta ley, y que se apruebe una ley que de verdad garantice el ejercicio de nuestros derechos y libertades.

De una vez por todas: ¡Acabemos con la Ley Mordaza!

Manifiesto del 8N 

Organizaciones que venimos trabajando los últimos años contra la Ley Mordaza ,Asamblea Feminista ,Ecologistas en Acción, Plataforma Defender a Quien Defiende, Amnistía Internacional, Plataforma de Afectados por la Hipoteca, Plataforma por la Libertad de Información, CGT, Federación de Sindicatos de Periodistas, Greenpeace, y muchas más vamos a protestar juntas contra la Ley Mordaza y reclamar una reforma que garantice verdaderamente el derecho a la protesta.
 El 8 de noviembre nos concentraremos 12 horas frente al Congreso de los Diputados
Haremos grupos de entre 10 y 20 personas protestaremos en silencio y amordazadas durante una hora, dándonos relevo cada hora.

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https://kaosenlared.net/8n-frente-al-congreso-ni-ley-mordaza-ni-mordaza-maquillada/

https://maldita.es/malditahemeroteca/20221108/sanchez-2015-derogar-ley-mordaza/

https://www.infolibre.es/politica/activistas-concentran-12-horas-congreso-exigir-derogacion-maquillajes-ley-mordaza_1_1358203.html

https://www.rtve.es/noticias/20221108/protesta-derogacion-ley-mordaza-congreso/2408337.shtml

 

 

 


#25N Contra todas las #ViolenciasMachistas Recursos, Educación y Justicia Feminista

Recursos, Educación y Justicia Feminista
#25NRacismoEsViolencia El feminismo toma las calles y las redes
una vez más para afirmar su compromiso:
Ni una menos ¡¡Vivas, Libres y combativas nos queremos¡¡
Contra todas las Violencias Machistas, Recursos, Educación y Justicia Feminista¡¡
Las asambleas 8M de barrios y pueblos de Madrid salimos a las calles este 25N en el Día Internacional contra la Violencia de Género.
Nos concentraremos en las plazas y leeremos el manifiesto conjunto para exigir cambios urgentes en la prevención y atención de las violencias machistas
Nos vemos en las plazas, seguro que cerca de donde vives hay una colectivo feminista al que te puedes sumar; te animamos a ir a la concentración.
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 ABORTO LIBRE Y EDUCACIÓN SEXUAL. UN GRITO GLOBAL 28 setiembre 2021

El 28 de Setiembre de 2021, se realizara una concentración y performance en el día de Acción Global por la Despenalización del Aborto.

ABORTO LIBRE Y EDUCACIÓN SEXUAL. UN GRITO GLOBAL

La defensa de los derechos sexuales y reproductivos aquí, como en otros lugares del mundo, nos hace salir a las calles a millones de mujeres el próximo martes 28 de Septiembre, hermanadas por el derecho al aborto legal, seguro y gratuito y una educación sexual de calidad.

Un grito global para decidir sobre nuestros cuerpos y vidas

SUMATE y visibilicemos en las calles nuestra lucha global.

Plaza Reina Sofía
28 de Septiembre de 2021
19.00h Madrid

Recuerda mantener distancia de seguridad y traer mascarilla
#ComisionAbortoMadrid

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La Comisión por el Derecho al Aborto de Madrid ha realizado un documento  con las siguientes propuestas a incluir en la nueva ley de interrupción voluntaria del embarazo y educación afectivo sexual.

Dentro del movimiento feminista de Madrid vemos necesario y urgente realizar una serie de mejoras y cambios en la actual normativa que garanticen los derechos fundamentales de las mujeres y personas gestantes en el ámbito de la salud sexual y reproductiva establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), regular las condiciones de la interrupción voluntaria del embarazo y establecer las correspondientes obligaciones de los poderes públicos.

La normativa actual no garantiza el derecho a decidir. Desde la Comisión por el Derecho al Aborto de Madrid, conocedoras de los protocolos sanitarios y el acoso que sufren las mujeres al acudir a las clínicas que realizan abortos, vemos de imperiosa necesidad llevar a cabo las siguientes propuestas dentro de una nueva ley de interrupción voluntaria del embarazo y educación afectivo sexual.

Propuestas dentro de una nueva ley de interrupción voluntaria del embarazo y educación afectivo sexual

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Sobre la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual

Sobre la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual.

 

Asamblea Feminista de Madrid.

 

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, tan esperada desde los feminismos de base, se celebra como un paso necesario porque responde a muchas de las exigencias del movimiento feminista en su largo recorrido en la lucha contra la violencia sexual. Así pues, destacamos que en el proyecto, por ley, se desnaturaliza la violencia contra las mujeres y se condena social y culturalmente a quienes la ejercen y la han ejercido históricamente. En ese sentido la ley apuesta por abordar la violencia sexual como un problema social y reconoce los derechos de quienes la sufren.

 

En particular, consideramos que responde al clamor feminista en las calles que denunció las agresiones machistas y los procesos judiciales que se llevaron a cabo por el denominado “caso de la manada”.    Sin duda, la violación a una mujer en “sanfermines” en 2016, fue uno de los tantos casos que movilizó a cientos de miles de mujeres que reclamaron justicia y el reconocimiento de la palabra de la mujer. De ahí que esta ley se conozca como la ley del “solo sí es sí”, porque se basa en el reconocimiento del consentimiento de las mujeres en el acto sexual.

 

Desde esta perspectiva, la ley recoge una definición de consentimiento por la que solo sí será si y elimina la distinción entre agresión y abuso sexual que ha sido motivo de tratamientos judiciales negadores del derecho de las víctimas, así  la palabra de las mujeres que son o han sido agredidas sexualmente, puede cobrar una fuerza política transformadora. Esto tensiona la verdad patriarcal que históricamente ha culpado a las mujeres de la violencia sexual que reciben por el solo hecho de ser mujeres.

 

La ley reconoce las violencias sexuales como un problema social y estructural y como una vulneración de derechos.

 

Además, podemos señalar que va más allá de cuestiones punitivas y se presenta como una propuesta de atención integral y accesible para las mujeres. En relación a ello, valoramos particularmente el enfoque preventivo que recoge la ley, el derecho a la asistencia social integral y a la asistencia jurídica, la sensibilización, la formación de profesionales y la investigación, así como el derecho a la reparación, se prevén medidas para garantizar la autonomía económica y mecanismos de reparación económica para las mujeres que han sufrido violencias sexuales. Esto es un avance ya que se relaciona con los principios básicos de la justicia feminista: verdad, justicia, reparación y la garantía de no repetición, dejando atrás la responsabilidad exclusiva del agresor. Es decir, que se ajusta a la reivindicación del derecho a vivir una vida libre de violencia, inseparable del goce y del placer de cada una. Sin embargo, consideramos que es imprescindible seguir avanzando en la reparación institucional.

 

Asimismo, consideramos que es un avance la creación de centros especializados y de atención integral, aunque su puesta en marcha dependerá del presupuesto con el que se dote a esta ley.

 

La Asamblea Feminista, junto con la Asociación “Generando red” elaboramos una propuesta de protocolo frente al existente en la Comunidad de Madrid, en la que abogamos por esa intervención integral y otros temas que recoge la ley, como que no sea necesaria la denuncia, es suficiente el informe de servicios sociales, para acogerse a los derechos que reconoce la ley y que la actuación forense sea independiente de haber presentado denuncia. Asimismo, consideramos que es importante que se incorpore como delito la violencia sexual cometida en el ámbito de la pareja y expareja y que se amplíe a nuevas manifestaciones de violencia, como la violencia digital.

 

Aplaudimos que se huya del punitivismo, aunque nos preocupa que el resultado final pueda ser, como sucedió con la ley de violencia de género, un desarrollo desigual de los aspectos de prevención, formativos, etc. y quede reducida a las medidas del Código Penal.

 

Por otra parte, y desde una perspectiva interseccional, la ley reconoce los factores de discriminación como el sexo, la raza, la identidad, la migración, la clase social, que marcan las experiencias concretas de las mujeres y la violencia sexual que sufrimos e indica que se consideren como condicionantes para hacer efectivo el acceso a los derechos, a los recursos y a la justicia de todas las mujeres. De esta manera, la ley parte del supuesto de que existen mujeres cuya condición social, sexual, racial, etc., hace que la violencia sexual se encarne de formas particulares. Pese a ello, consideramos que es una ley asimétrica, ya que por una parte pone en el centro a las mujeres, aplica un enfoque de derechos y reconoce que las personas que sufren violencias sexuales son titulares de derechos; pero al mismo tiempo deja fuera los derechos de otras mujeres, particularmente las mujeres migrantes en situación administrativa irregular y  las trabajadoras sexuales.

 

Señalamos al menos dos problemas graves en los que incurre la ley que deberán ser modificados en el trámite parlamentario para que realmente la ley garantice los derechos de todas las mujeres. En primer lugar, la situación de las mujeres migrantes en situación administrativa irregular, ya que, aunque establece que éstas “gozarán de los derechos reconocidos en esta ley en igualdad de condiciones que el resto de las víctimas”, presenta algunas zonas oscuras que no permiten el cumplimiento efectivo de tales derechos. Por ejemplo, esta igualdad de condiciones para las mujeres en situación administrativa irregular solo se hace efectiva con: a)la resolución del procedimiento penal que dé como resultado la sentencia condenatoria del agresor; b) si el denunciado se encuentra en paradero desconocido o; c) ante el sobreseimiento provisional por expulsión del denunciado.

 

Por tanto, podemos observar que desde esta perspectiva la ley no garantiza el acceso a los derechos de todas las mujeres migrantes víctimas de violencia sexual. Precisamente porque este derecho está condicionado a la conclusión de un proceso judicial condenatorio del acusado. De esta forma, la mujer necesita denunciar, pero sigue corriendo el riesgo de ser sancionada o expulsada por sentencia exculpatoria.  Así, este se convierte en uno de los problemas más graves que la futura ley no resuelve.

 

En segundo lugar, cabe señalar el tratamiento de la prostitución y la ausencia de reconocimiento de las trabajadoras sexuales como sujetos de derechos, ya que la ley no reconoce su autonomía y condición de sujetas, sino que las criminaliza a través de los efectos de la “tercería locativa”.

 

Así pues, consideramos que, además de introducir confusión en relación a la trata, criminaliza indirectamente a las trabajadoras sexuales que ejercen la prostitución por decisión propia y no garantiza la lucha contra la trata que requiere una ley específica.

 

Por otra parte, en relación a la Educación Sexual, la ley incorpora la formación en igualdad y de los contenidos en educación sexual en todas las etapas del sistema educativo obligatorio, así como la habilitación de formación universitaria para un profesorado competente en género y de colaboración con el ámbito sanitario. Aunque este es un aspecto positivo, consideramos que se vuelve problemático cuando depende de cada comunidad autónoma y de cada centro educativo.

Es positivo que se establezca la eliminación del concierto con escuelas que segreguen por sexo, aunque conocemos la situación de partida tan desfavorable para una escuela pública e igualitaria como en el caso de la Comunidad de Madrid.

 

Entendemos que con una reforma educativa tibia y siempre alejados del pacto de Estado por la educación, la situación seguirá estando al arbitrio de los partidos políticos y grupos ideológicos y/o económicos, y la educación seguirá siendo campo de batalla por muy buenas intenciones que se recojan en la LOGLS.

 

Todo esto nos lleva a plantear que, para garantizar las libertades sexuales de todas las mujeres, no solo es imprescindible identificar a las víctimas y a los posibles agresores, y condenar la acción violenta; sino que es necesario construir un nuevo imaginario de género que permita que todas las mujeres, independiente de su condición de raza, clase, identidad, etc., se sientan dueñas de su propio cuerpo y actoras fundamentales de su propia vida.

 

Esperamos que en el trámite parlamentario se incluyan modificaciones que reconozcan las garantías a la libertad sexual para todas las mujeres, que se le otorgue importancia a la reparación comunitaria; la modificación de ley de extranjería para que se garanticen los derechos de las mujeres migrantes frente a la violencia machista; el reconocimiento social y político de los derechos de las trabajadoras sexuales; una ley contra la trata de personas; un pacto de Estado que incluya como asignatura  troncal, la educación en igualdad y educación afectiva-sexual

 

Creemos que es imprescindible hacer un trabajo de memoria colectiva, que sitúe la violencia sexual como cuestión política y estructural en el imaginario colectivo con capacidad de transformar las relaciones de poder.

Asamblea Feminista de Madrid.

Madrid, 7 de julio de 2021.

OS INVITAMOS A PARTICIPAR EN ESTAS SESIONES QUE HEMOS PREPARADO¡

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https://www.facebook.com/events/941039353170154


Análisis feminista del trabajo a distancia y el teletrabajo

(Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de Trabajo a  Distancia)

Tras el confinamiento la Asamblea Feminista de Madrid elaboró un texto donde demandábamos una profundización en la regulación del teletrabajo, estableciendo su  carácter optativo y pactado, garantizando el derecho a la desconexión digital,  garantizando que el equipamiento lo proporciona la empleadora (cumpliendo con las  normativas de prevención de riesgos laborales) y que hubiera compensación económica por los gastos en los que incurre la empleada (luz, internet, etc.). Exigíamos que las empresas y las administraciones públicas no trasladasen  indiscriminadamente las oficinas y los centros de trabajo al ámbito privado, desatendiendo las necesidades de la infancia y demás personas dependientes sobrecargando hasta el infinito a las mujeres que cuidan. Reclamábamos la  implementación de soluciones para atender de forma segura los cuidados y las necesidades educativas de niños y niñas u otras situaciones de dependencia de modo  que ninguna mujer se encontrara en la disyuntiva forzosa de atender a los menores y  dependientes y renunciar al empleo o atender a los menores y dependientes y aceptar  condiciones abusivas de teletrabajo.

El decreto-ley 28/2020 de 22 de septiembre ha venido a regular el trabajo a distancia  en general y el teletrabajo en particular tras haberse logrado un acuerdo entre el  Ministerio de Trabajo, sindicatos y empresarios. En su Artículo 2 se define el trabajo a distancia como aquella “forma de organización del trabajo o de realización de la actividad laboral conforme a la cual esta se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar elegido por esta, durante toda su jornada o parte de ella, con carácter regular” mientras que el teletrabajo es “aquel trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de telecomunicación”.

En este decreto-ley efectivamente se regulan algunos aspectos imprescindibles que discutimos en nuestro análisis y se atienden algunas de las demandas planteadas. De esta forma, el trabajo a distancia será voluntario y reversible y deberá formalizarse en un acuerdo por escrito. Este documento contendrá, entre otros datos, el inventario de los medios, equipos y herramientas de trabajo, incluidos consumibles y mobiliario, los gastos por trabajar a distancia, el horario de trabajo y las reglas de disponibilidad,  el porcentaje de teletrabajo y trabajo presencial, dónde se va a desarrollar el  teletrabajo, la duración del acuerdo, los plazos en caso de revertir el teletrabajo, los controles de la actividad y las instrucciones de la empresa sobre protección de datos y  seguridad de la información.

Sin embargo, el decreto-ley falla en plantear de forma explícita las implicaciones del  teletrabajo en la vida de las mujeres y se desentiende de la responsabilidad de legislar  a favor de la corresponsabilidad de la sociedad, las empresas y las administraciones  públicas en las tareas de cuidados.

Así, se establece en el Capítulo I de la Exposición de Motivos la defensa de “un  auténtico derecho a la conciliación de la vida laboral y familiar a través del uso de las  formas flexibles de trabajo, incluidas las fórmulas de trabajo a distancia”. Nada que no conozcamos ya, recurrimos a la reducción de jornada, a las excedencias y ahora al  trabajo a distancia para poder sacar adelante los cuidados. Formas flexibles de  trabajo, asumidas mayoritariamente por las mujeres, que tienen un coste elevado en  discriminación social, económica y laboral y van acompañadas de una reducción en  los derechos a las prestaciones sociales (desempleo y pensiones).

También, en el Capítulo VI de la Exposición de Motivos se explica que el decreto-ley regula las prioridades en el acceso al trabajo a distancia, cuando en realidad las remite  en el Artículo 8 a la negociación colectiva para el procedimiento y criterios que deben seguirse, incluyendo la coletilla tranquilizadora “debiéndose evitar la perpetuación de roles de género y fomentando la corresponsabilidad entre mujeres y hombres”.

La misma declaración de intenciones “buenista” sin ninguna concreción se ha  plasmado en el Artículo 4 sobre la igualdad de trato y de oportunidades y no  discriminación: “Las empresas están obligadas a evitar cualquier discriminación,  directa o indirecta, particularmente por razón de sexo, de las personas trabajadoras  que prestan servicios a distancia. Igualmente, las empresas están obligadas a tener en  cuenta a las personas teletrabajadoras o trabajadoras a distancia y sus características  laborales en el diagnóstico, implementación, aplicación, seguimiento y evaluación de  medidas y planes de igualdad”.

El decreto-ley es bienvenido y necesario en lo que suponen sus aspectos regulatorios  prácticos, pero parece que su relevancia puede ser menos importante de lo que  parecía durante el confinamiento, puesto que en la nueva normalidad se está  percibiendo la resistencia de las empresas a continuar con los esquemas de teletrabajo que se pusieron en práctica durante el estado de alarma. Más y más  empresas están imponiendo la vuelta al trabajo presencial, aunque se disponga de los medios necesarios y suficientes para el trabajo a distancia y se haya  demostrado durante el confinamiento que el rendimiento y la productividad no  disminuyen.

Entre las trabajadoras y trabajadores que accedieron por primera vez al trabajo a distancia  durante el confinamiento, hay un gran espectro de valoraciones de la experiencia. Hay valoraciones positivas (tenemos más tiempo libre al evitar los desplazamientos, más  flexibilidad de horario, más seguridad frente al contagio por coronavirus) pero también negativas (sufrimos aislamiento, soledad, confusión del espacio laboral y el espacio  privado, jornadas interminables, tenemos gastos adicionales no cubiertos por la  empresa, etc.). Con la regulación del trabajo a distancia que presenta el decreto-ley y  una combinación racional de trabajo presencial y trabajo a distancia muchos de estos aspectos negativos podrían verse compensados.

Pero entre los empresarios no parece que se haya producido un cambio cultural, no se percibe que el teletrabajo se vaya a mantener como una opción consolidada y relevante en la actividad laboral. El decreto-ley establece la voluntariedad por parte de las empresas y obliga a las mismas a compensar los gastos incurridos por las personas que trabajan a distancia. Además es necesario regular muchos aspectos del trabajo a distancia a través de la negociación colectiva, que en estos tiempos de  precariedad y pérdida de derechos laborales, es débil o inexistente en la mayoría de pymes y microempresas que forman el tejido empresarial español. Todo ello unido a  la cultura del presencialismo y de “calentar la silla”, muy arraigada en la mentalidad de empresarios y mandos, va a dificultar la implantación de esquemas de trabajo a distancia en porcentajes relevantes de la población laboral.

En la práctica se está percibiendo que el teletrabajo puede volver a ser la opción minoritaria que era antes de la pandemia, típico de profesiones cualificadas y de profesionales por cuenta propia, excepto para responder a demandas de conciliación y de cuidados, donde  hemos “descubierto” el potencial que presenta para desviarlas al ámbito privado y a la esfera de las mujeres. El clamor unánime contra la combinación simultánea de teletrabajo y cuidados que se hizo patente en el confinamiento se invisibiliza y se ignora por una gran parte de la sociedad y se asume por las mujeres porque no hay  ninguna otra opción al alcance de muchas de ellas.

Como feministas, valoramos esta ley como sumamente necesaria para regular un trabajo a distancia que consideramos positivo en muchos aspectos, pero no podemos  obviar las posibles consecuencias de la puesta en práctica de algunos puntos de la  misma, tales como la invisibilización del trabajo de cuidados, la vuelta al «hogar» de  las mujeres, la consolidación de soluciones de conciliación apoyadas en el esfuerzo individual y no en el colectivo y la priorización del teletrabajo para las familias.

El decreto-ley puede ayudar a perpetuar la desigualdad existente e incluso agravarla, además de suplantar la corresponsabilidad del conjunto del tejido social, de las  empresas y de las administraciones en la conciliación familiar y los cuidados  derivándolas al ámbito privado y en definitiva a las mujeres.

La legislación debe ir más allá de las declaraciones de intenciones y las consignas tranquilizadoras para plantear mecanismos, obligatoriedades y políticas que reviertan  la desigualdad y cambien los paradigmas.

Para descargar el documento elaborado pincha aquí:  Trabajo a distancia _AsambleaFeministaMadrid

Asamblea Feminista De Madrid

Fuentes:

https://www.boe.es/boe/dias/2020/09/23/pdfs/BOE-A-2020-11043.pdf 

https://www.eldiario.es/economia/obligados-oficina-plena-ola-rebrotes-no-entiendo-no volvemos-teletrabajar-riesgo_1_6228355.html 

https://verne.elpais.com/verne/2020/09/18/mexico/1600405479_896875.html 

https://www.eldiario.es/economia/trabajo-preve-aprobar-manana-ley-teletrabajo-lograr preacuerdo-empresarios-sindicatos_1_6235925.html 

https://www.lavanguardia.com/economia/20200923/483632173473/guia-practica-teletrabajo segun-nueva-ley.htmlTrabajo a distancia _AsambleaFeministaMadrid

https://www.infolibre.es/noticias/politica/2020/05/09/conciliacion_coronavirus_nueva_normalidad_mujeres_106618_1012.html


¿QUÉ ES LA JUSTICIA FEMINISTA? CHARLA-DEBATE

CHARLA-DEBATE: ¿QUÉ ES LA JUSTICIA FEMINISTA?

Con la participación de Laia Serra, abogada penalista y activista feminista; Violeta Assiego, abogada e investigadora en derechos humanos y vulnerabilidad social y
Justa Montero, Asamblea Feminista de Madrid.

¿Qué es la justicia feminista?¿Qué medidas son necesarias para garantizarla?


¿Cómo se sitúan las mujeres en el centro del proceso sin que haya revictimización?

¿Que papel tiene el Código Penal?

¿Qué significa ser antipunitivista?

¿Qué es la reparación para las mujeres?

Son muchas las preguntas que nos planteamos al abrir el debate sobre la justicia feminista que necesitamos.

A lo largo de los últimos años desde diferentes ámbitos y en distitntos lugares se han realizado importantes esfuerzos para dar respuestas a muchas de estas preguntas.

En este sentido, desde Asamblea Feminista de Madrid, comenzamos el 2020, con el deseo de abordar, profundizar y elaborar propuestas sobre esta importante cuestión

y para ello presentamos una mesa redonda, para charlar y debatir, con el titulo: ¿Qué es la JUSTICIA FEMINISTA?

https://www.facebook.com/events/506315076757843/

 

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#RespondemosTodas, viernes 22 Noviembre, a las 19H frente al Ministerio de Educación. Tenemos muchos motivos para salir!

¡Ante las violencias machistas, RESPONDEMOS TODAS!

Os compartimos el Manifiesto elaborado por RESPONDEMOS TODAS!

Y os animamos a salir todas juntas mañana viernes 22N a las 19:00, tomemos las calles y la noche, ante todas las violencias machistas que nos atraviesan en el día a día, y vamos a construir feminismos

Recorrido: Ministerio de Educación (Calle de Alcalá, 34) – Gran Vía- Ministerio de Justicia (San Bernardo, 45)

DIFUNDE, pásalo a tu vecina, compañera de curro, compañera de clase, madre, abuela, nieta, a quien se te ocurra! Y ven! Vamos juntas a construir feminismos!

https://www.facebook.com/events/1905433409589254/

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Manifestacion por la Despenalizacion del aborto. #28S

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La  manifestación sale a las 18:00 desde Glorieta San Bernardo -Ministerio de Justicia 28 setiembre 2019

28S – DÍA INTERNACIONAL POR LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO
Desde el Movimiento Feminista de Madrid nos sumamos al grito global por el derecho a nuestros cuerpos y nuestras
vidas: ¡Derechos sexuales y reproductivos, para todas y todas partes!
Mandamos nuestra fuerza a todas las mujeres en lucha por la despenalización total del aborto, el disfrute pleno de los
derechos sexuales y reproductivos, los Derechos Humanos y la Justicia Social. Por el fin de la criminalización de la
libertad de expresión y de la lucha feminista: ¡Archivo definitivo de la causa contra el Coño Insumiso! ¡Protestar no es un
delito!
Desde la práctica del internacionalismo feminista, manifestamos nuestra solidaridad con las compañeras polacas,
irlandesas y andorranas. Por las argentinas y salvadoreñas… ¡Justicia para Evelyn!
Sólo desde un enfoque estructural de nuestro derecho a decidir, construiremos una sociedad de personas libres e
iguales. DESDE EL MOVIMIENTO FEMINISTA DE MADRID EXIGIMOS:
– Fuera el aborto del Código Penal. Abortar no puede ser un delito.
– Derogación del artículo 525 del Código Penal: legaliza el delito de ofensa al sentimiento religioso y es un obstáculo al
ejercicio de la libertad de expresión.
– Regulación efectiva de la objeción de conciencia de profesionales de los ámbitos sanitario y farmacéutico. La objeción
de conciencia no puede imposibilitar el ejercicio de nuestros derechos.
– Derogación total de la Ley Mordaza: Basta de criminalización y condena de la libertad de expresión, protesta y
manifestación en defensa los derechos sexuales y reproductivos.
– Un Estado Laico que garantice el disfrute pleno de los derechos sexuales y los derechos reproductivos.
– Respeto a la autonomía y libertad de todas las mujeres para tomar decisiones sobre nuestros propios cuerpos. No
permitimos cuestionamientos ni tutelajes.
– Eliminación del permiso paterno, materno o tutelar para las mujeres de 16 y 17 años en el acceso y ejercicio del
derecho al aborto.
– Suspensión de los tres días de reflexión obligatoria: ¡son un atentado contra nuestra libertad y dignidad!
– Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) dentro de servicios hospitalarios y ambulatorios de la red
sanitaria pública en todo el Estado.
– Mobiliario adecuado y atención especializada en hospitales para mujeres con diversidad funcional.
– Fin de la estigmatización del personal sanitario que practica la IVE.
– Servicios de atención a la salud sexual y reproductiva para jóvenes y adolescentes, abiertos y accesibles las 24
horas/365 días, y de gestión pública.
– Información pública, accesible, comprensible y disponible en varios idiomas en todos los centros de salud y centros
educativos para el acceso a la salud sexual, reproductiva y la IVE.
– Educación afectivo-sexual integral, a lo largo de toda la vida y libre de estereotipos sexistas, racistas y lgtbifóbos.
¡Educación en la diversidad de la sexualidad, orientaciones, identidades y/ expresiones de género, y corporalidades ya!
– Educación orientada al (auto)conocimiento y al disfrute, goce y placer de nuestras sexualidades y nuestros cuerpos en
todas las etapas de la vida.
– Educación efectiva de prevención de embarazos no deseados, las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y la
violencia sexual, en todos los ciclos formativos, con personal especializado y enfoque de género.
– Formación afectivo-sexual en el currículo educativo. ¡Sin presiones de grupos religiosos y conservadores!

¡ABORTO LIBRE Y EN LA SANIDAD PÚBLICA!
¡AHORA Y SIEMPRE, AQUÍ Y ALLÁ, EDUCACIÓN SEXUAL Y ABORTO LIBRE YA!
Madrid, 28 de septiembre de 2019

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Acción Feminista frente Embajada de El Salvador 19S

¡¡ACCION FEMINISTA URGENTE!!: CONCENTRACIÓN DE APOYO A EVELYN FRENTE A LA EMBAJADA DE EL SALVADOR, el JUEVES 19 de SEPTIEMBRE A LAS 10:00
 ¿Conoces la situación del aborto en El Salvador? En El Salvador el aborto esta totalmente penalizado, esto provoca que mujeres que han sufrido complicaciones obstétricas sean encarceladas con penas de hasta 40 años. La mayoría tuvieron problemas obstétricos en algún momento del proceso de gestación, sufrieron pérdidas del embarazo o experimentaron partos sin asistencia sanitaria ni médica. Llegaron desangrándose en busca de ayuda a establecimientos públicos de salud y, desde allí, las denunciaron, las procesaron y condenaron por homicidio agravado, obligándolas a transitar del hospital a la cárcel.
¿Sabes quién es Evelyn Hernández? En 2016, Evelyn Hernández, de 21 años, sufrió una emergencia obstétrica en su casa que provocó la pérdida de su embarazo. Una vez en el hospital, el personal de atención la denunció a la policía. Fue arrestada, juzgada y sentenciada a 30 años de cárcel por homicidio agravado. Después de mucho trabajo se consiguió un nuevo juicio. En agosto de 2019, en un nuevo juicio , se declaró inocente a Evelyn, concluyendo que no existían pruebas suficientes para demostrar que había cometido un delito. Sin embargo, el 6 de septiembre de 2019, la Fiscalía General de la República anunció que apelaría a esta sentencia.
Por ello convocamos ACCION FEMINISTA URGENTE: BASTA de CRIMINALIZAR A LAS MUJERES. #JusticiaParaEvelyn
 Cuándo: Jueves, 19 de Septiembre a las 10:00
 Dónde: Embajada de El Salvador – Paseo de la Castellana, 178, 28046 Madrid <M> Cuzco
 Convoca: Centroamérica Feminista
¡Ven, difunde, apoya!
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