Portada del sitio > Documentos > Los derechos humanos de las mujeres.
TODOS LOS DERECHOS PARA TODAS
Los derechos humanos de las mujeres.
Emakume Internazionalistak
Miércoles 16 de enero de 2013
El debate principal que queremos llevar con este tema es, si tiene sentido insistir en la modificación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, -una vez que damos por aceptado que no recoge en absoluto los derechos de las mujeres-, ya que por lo limitado de su utilidad y por la pretensión cuestionada de su universalidad, de hecho puede no servir para nada esta pelea institucional. En todo caso haremos un ejercicio interesante de denuncia y desvelamiento del contenido androcéntrico de la misma.
Hasta ahora, añadido tras añadido, se han realizado multitud de Declaraciones, Cumbres, Conferencias, sobre los derechos de las mujeres, y así la literatura jurídica de signo femenino, de diverso rango, crece y se multiplica. Pero digamos, también, que el valor emblemático de la Declaración está ahí, y ésta no ha sido tocada desde que fue aprobada en 1948.
De la eficacia de la Declaración, de la aplicación concreta de sus preceptos, de la posibilidad de obligar a los Gobiernos a que pongan las mediaciones para que se respeten los derechos humanos, de los medios directos o indirectos para que los derechos sean respetados,... también tenemos que hablar, pues la mayoría de las organizaciones que trabajan en el campo de los derechos humanos limitan su acción a hacer un listado interminable y cruel de los casos de violación de derechos humanos, y protestar.
Nuestro debate lo situamos en un nivel previo: No vamos a hablar de las atrocidades que se cometen en todas las partes del mundo, por parte de gobiernos, instituciones, particulares, familiares,... contra las mujeres. Vamos a analizar si es que se puede hacer de alguna manera una Declaración que nombre a las mujeres, y a sus derechos, y señale los medios suficientes para que las mujeres ejercitamos esos derechos plenamente. En todo caso, después, si se han puesto las mediaciones y se nos ha reconocido y visibilizado como sujetos de derecho, podemos señalar dónde se están produciendo las violaciones de estos derechos. Digamos que la finalidad de la Declaración no la situamos en un conteo en negativo de los casos de incumplimiento o violaciones de los derechos, sino en un arqueo en positivo de los derechos y medidas que queremos introducir para que el derecho fundamental a ser nosotras mismas, en libertad y autonomía, sea total.
La Declaracción Universal de los Derechos Humanos: ni tan universal, ni tan humana...
Ver en línea : Zabaldi