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Begoña Zabala González
LA RESPUESTA LEGAL A LAS AGRESIONES Y EL MOVIMIENTO FEMINISTA
Emakume Internazionalistak
Domingo 30 de diciembre de 2012
Introducción: o de qué va el tema.
En este apartado queremos analizar los avances, y en algún caso retrocesos, que ha habido en el ámbito legal en el campo de las agresiones. El enfoque será desde un punto de vista esencialmente ligado a la actividad y a las reivindicaciones del movimiento feminista, de nuestro movimiento feminista, para que no haya equívocos: de lo que hemos planteado desde la Coordinadora estatal y desde las organizaciones que nos encontramos en torno a ella, en la medida en que hemos realizado actuaciones comunes.
La finalidad será hacer un balance, autocriticado, de los planteamientos que hemos sostenido en este ámbito, amplio y oscuro, que es el legal, señalando los debates que hemos mantenido frente a cada reivindicación y a cada reforma o propuesta de reforma, y las diferentes posturas que se han ido manteniendo.
Las primeras reformas: éxitos a todos trapo.
Dado que veníamos de una situación imposible desde el punto de vista legal penal, nuestras exigencias en cuanto a la tipificación de las agresiones en el Código Penal se vieron contempladas ampliamente, si bien no llegó la reforma más amplia hasta el año 1989.
Con esta reforma se consiguieron los puntos más reivindicados en el capítulo de tipificación de las agresiones sexuales: el título de las agresiones pasaba a denominarse "delitos contra la libertad sexual" en lugar de "delitos contra la honestidad"; desaparecía el perdón como posibilidad de hacer desaparecer la culpabilidad; se conceptualizaba la violación también cuando la penetración era anal o bucal, el delito ya tiene la consideración de público; es penalizada la violación por parte del marido...
Podemos decir que tanto la reforma como el Código Penal que aprobó el PSOE en el 1995 satisfizo, en gran medida nuestras aspiraciones en este apartado de tipificación de las agresiones sexuales.
Fue entre estas dos fechas -desde la reforma del 89 al CP del 95- donde se produjeron lo más amplios debates. Hubo desde el primer momento algunos debates, que no los saldamos, y que yo creo que todavía están ahí: había un sector que quería que toda agresión sexual se enmarcase en el concepto de violación) y que ésta no se redujese sólo a la penetración (incluso el propio concepto de agresión se extiende muchísimo: una palabra, un gesto, una mirada,... ya es una agresión, si es que yo me siento agredida); se plantea en algún momento que el testimonio de la mujer agredida sea prevalente; se dice por algún sector que se endurezcan las penas; se propone que se cumplan las penas íntegramente por los violadores; se plantea introducir el acoso sexual en el C.Penal; se pide también la penalización del impago de pensiones,...
Hay que señalar también que siempre hemos manifestado nuestro rechazo al prodedimiento penal, el cual convierte frecuentemente a la víctima en acusada, y para nada tiene en cuenta los daños que ha sufrido, en cuanto a su reparación. Poco se ha conseguido en este campo en el que existe además una práctica muy burocrática y despersonalizada. Digamos que muchos de los avances que se han dado para proteger los derechos de los acusados, en general, y que son plausibles, haciendo un derecho penal más humano y con más garantías, no han tenido correlato en los derechos de las víctimas, y muchas veces han ido en perjuicio de éstas.
Los debates: un ataque de penalización
El horroroso crimen de Alcasser nos hace entrar de lleno a este debate de las agresiones sexuales. Y ahí es donde se producen las diferencias entre nosotras y con otros grupos. Aparece una creciente corriente penalizadora, que no es feminista ni de mujeres exclusivamente, sino que también abarca a familiares-víctimas y a otros movimientos sociales como el ecologista, antirracista, sindical,... Coincide este momento con la presencia en el Ministerio del Interior de Corcuera, a quien los planteamientos de "más leña" después de "la patada en la puerta" le van como anillo al dedo, con lo que promete un endurecimiento de las penas y más rigurosidad en su cumplimiento.
Hay que señalar que en esta primera época, aunque frecuentemente se habla de las agresiones sexuales y de la violencia sexista, fundamentalmente se está pensando en las agresiones sexuales en la calle, y no en el maltrato continuado en la familia por parte de maridos y compañeros, cuyo debate más álgido coincidiría, por desgracia, cuando se empiezan a publicitar los datos de mujeres asesinadas por ellos.
No recoge, sin embargo, estas promesas el CP del PSOE y vuelve a saltar la alarma en la tramitación del Código, exigiendo algunos sectores, entre otras cosas, que se mantengan las penas por violación como estaban en el antiguo Código, es decir lo mismo que el asesinato.
En este debate yo voy a sintetizar mi postura en lo que creo que son los puntos más importantes que hemos llevado, y como he señalado, referido esencialmente a las agresiones de la calle. Posteriormente hablaremos del maltrato del hogar:
. No sólo el Código Penal, sino todo el sistema penal, está pensado en masculino y para los hombres: es un código para los delincuentes: estereotipo masculino de señor que habitualmente delinque y que merece ser condenado y reinsertado posteriormente a la sociedad.
. En este sentido, toda la consideración de los delitos, -cuándo se producen, cómo, qué los agrava o atenúa-, es una consideración también masculina: la violación es penetración -sexualidad masculina por excelencia-; el actuar con arrebato o fuerzas que no se pueden dominar es atenuante -comportamiento típico masculino-; sin embargo, el actuar con frialdad y cálculo es agravante, que es la única forma de actuar que le suele quedar a una mujer por tener normalmente menos fuerza.
. El Código penal sólo está pensado para delincuentes que tienen culpabilidad subjetiva, que delinquen, que hacen cosas mal, que violan, agreden, o roban, saltándose las normas de convivencia. No está pensado para esos "hombres normales" que teniendo una convivencia cívica estupenda, cada día muelen a golpes a sus mujeres en su felices hogares. ¿Quién va a reinsertar a un buen padre de familia que cada día va al trabajo, se relaciona con sus amistades, sale con sus hijas e hijos de paseo, y también cada día golpea o viola a su mujer?
. El sistema penal no es en absoluto eficaz: Las cifras ocultas de la delincuencia son apabullantes: sólo se denuncian un 10% de los delitos que se cometen, y de éstos llegan a sentenciarse otros 10%.
. El sistema penal nuestro es fundamentalmente un sistema que está pensando en la sanción del delito y no en la prevención ni en la reparación. Esta ha sido una de nuestras reivindicaciones y aportaciones fundamentales al debate: no queremos estar todo el tiempo hablando del delincuente, ni pensando en que hacemos con él, ni siquiera para que se le condene más: queremos que se piense en que detrás de un delito de agresión sexual hay una mujer víctima. Y además muchas de nosotras, que por reacción y miedo limitamos nuestra libertad de acción, también lo somos. A aquéllas víctimas el Código Penal no sólo no les hace ni caso, sino que la mayoría de las veces son puestas en cuestión en su integridad moral y personal.
Esas víctimas requiere atención desde el primer momento de la comisión del delito; necesitan reparación material y moral en los daños producidos, y ello con independencia de que se detenga al agresor, o se le condena, o resulte inimputable, o sea solvente para poder pagar. Y lo que planteamos es que la reparación del daño, en la medida en la que sea posible, se haga de inmediato y con independencia del proceso penal.
. Pero de todas formas la diferencia esencial con este sistema de penalización la encontramos en la prevención y en las medidas cautelares. No queremos discutir con el Ministro de turno cuántos años le van a caer a un sujeto que comete una agresión sexista; queremos hablar de que se reduzca el número de agresiones. Ya hicimos, y seguimos haciendo de forma casi permanente, la campaña para que ninguna agresión quede sin ser denunciada de las agresiones. De hecho crecen los números de las denuncias, si bien esperamos que no sea porque crecen también las agresiones. Es hora de que se planteen de forma más activa y eficaz las medidas preventivas.
. El Código Penal recoge infinidad de supuestos de delito, y es obvio que el listado cambia con el espacio y el tiempo: actos que no son delito aquí, pueden serlo en otros países y delitos de la época de la dictadura franquista felizmente han desaparecido. ¿Qué criterios utilizamos para definir qué es delito?. Este debate tiene que ser permanente entre nosotras, pues una de las razones de la ineficacia sancionadora, es la tipificación inadecuada y la inclusión forzada de muchos delitos. Los nuevos delitos contra los trabajadores, o las conductas racistas o la inducción al racismo, no conocen apenas sentencias condenatorias.
. Antes de recurrir al Código Penal hay que plasmar los derechos que queremos proteger en leyes en positivo: ¿por qué no se consagra como derecho constitucional o mediante Ley orgánica, el derecho de las mujeres a vivir libre de agresiones, o los derechos sexuales y reproductivos como derechos propios de las mujeres? Nosotras pensamos que nuestros derechos tienen que ser en primer lugar declarados, y no es desde luego un Código Penal el lugar más apropiado para hablar de derechos.
Todas estas consideraciones precedentes, y algunas más, nos hizo a muchas mujeres desconfiar de estas medidas penalizadoras que tan a gusto acogieran los del PP y descolgarnos de los aplausos que recibió el PSOE por su más que abultado Código Penal. No es la consideración al delincuente lo que nos puso en esta posición, sino la consideración a las víctimas y el rechazo a este sistema penal caduco heredero de sistemas inquisidores. A pesar de ello también queremos señalar que como modelo de reinserción de los delincuentes y de la filosofía del Derecho Penal como derecho mínimo, es igual de nefasto que los anteriores.
La familia nos agrede
El debate y la denuncia de la violencia sexista contra las mujeres por parte de sus maridos o compañeros, bien se puede decir que está en primera plana de forma permanente.
Hay muchas razones para que esto sea así, que supongo analizaremos entre todas. Yo quiero creer que una de estas razones no es que hay más violencia contra las mujeres, sino que se denuncia más. Entre otras causas, siguiendo nuestras campañas de "Mujer rebélate y denuncia".
También creo que hay que hacer un balance globalmente positivo de esta visibilización y denuncia de la violencia sexista más oculta y silenciada..., pero también hay que ver el discurso se utiliza a menudo por las instituciones o por los medios de comunicación más sensacionalistas y morbosos. Y es en este discurso oficial donde entra otra vez la legislación y los planteamientos que hemos hecho desde el movimiento feminista.
En primer lugar hay que señalar lo ya dicho anteriormente: nosotras empezamos, en general, con denuncias y casos que hacían referencia a la violencia de calle. Los debates antes señalados eran sobre todo pensando en las violaciones y agresiones sexuales. Así entramos al debate del Código Penal. Con la experiencia de los casos que empezamos a conocer y con la visibilización que se empezó a hacer de los asesinatos, sumamos a nuestro debate la penalización de los malos tratos y de la violencia en la familia.
En este apartado también hay que decir que se consiguieron bastantes éxitos en el campo legal: la tipificación de los malos tratos pasó de no existir como delito a estar tipificada de forma aceptable; la violación dentro del matrimonio adquirió la consideración de delito; las penas por estos delitos empezaron a tener posibilidades más amplias que la cárcel; no sólo se consideró el tema penalmente, sino que se produjeron modificaciones importantes en el procedimiento y en la legislación civil; en este campo se consiguieron mejoras importantes en el terreno preventivo y de medidas cautelares;...
Vamos a ver de nuevo, igual que antes, qué debate hemos seguido y por dónde podemos ver las sombras de este asunto,
Quizá por mimetismo, y por contagio con lo que estamos haciendo, el mismo debate sobre más penalización para estos delitos se planteó cuando hablábamos de maridos o novios agresores. Sólo que en este caso, a mi entender, el desvarío es más grave. Si el Código Penal no es un instrumento fiable para terminar con las agresiones a las mujeres, para el caso de los malos tratos, es contraproducente. Ello no quiere decir, y lo quiero dejar claro una vez más, que no haya que condenar a un tipo que golpea a su mujer. Por supuesto que sí. Pero el tema de las agresiones sexistasen la familia no se enfrenta con estas medidas.
Digamos algunas críticas además de las señaladas:
Ofrecer a las mujeres que son agredidas por su marido, con quien continúan conviviendo y quieren seguir haciéndolo, a quien dicen amar, que es el padre de sus hijos y que alguna vez quizá materializó "al hombre de sus sueños", la posibilidad de que les denuncie a la policía, es un despropósito, y en muchísimos casos las mujeres no lo acepta en primera instancia. Llegar a esa solución requiere un proceso largo y complejo, que lo tiene que recorrer la mujer y para ello tiene que disponer de los medios necesarios. Es muy difícil que una mujer identifique a su marido que le pega con un delincuente o un terrorista. El sentido de la consigna de "mujer denuncia", yo creo que debe ir en un sentido más amplio que la denuncia penal: publicita tu agresión, verbaliza, pide ayuda, sal de ahí, que no vuelva a suceder,...
El situar al marido como un delincuente, refuerza la idea de que los hombres que pegan son malos maridos; son delincuentes que se merecen un castigo como cualquiera que pega a otra persona; son casos excepcionales dentro de la familia; algunos son enfermos o alcohólicos que necesitan un tratamiento... Se dice de todo menos lo principal: no es un hombre que pega a una mujer, sino un marido que dentro de la familia pega a su mujer. ¿Cómo es posible que en el espacio paradigmático del amor suceda esto? ¿Cómo puede ser que una vez que sucede no se puede hacer nada contra ello?. Es la familia, constituida como eje de la dominación patriarcal, la que ampara y provoca esta situación. Quizá es el paradigma el que está mal construido y eso es lo que tenemos que denunciar. ¿En cuántos programas de tele basura se hace un mínimo análisis serio de las relaciones de poder que se dan en la familia?
Las medidas cautelares y preventivas en los casos de denuncia son mucho más importantes y más eficaces que las penas por sentencia condenatoria y son absolutamente necesarias: domicilios alternativos, asistencia económica, medidas limitativas de la libertad del agresor, posibilidades de trabajo remunerado para las mujeres, asistencia jurídica y psicológica inmediata, centros de asesoramiento publicitados al máximo,... En definitiva, todo tipo de medidas que favorezcan y posibiliten el que la mujer tenga los medios suficientes para realizar su vida con independencia y autonomía y que le lleve de la forma más rápida posible a la separación.
Si estamos hablando de los exmaridos o los ex en general, estas medidas preventivas cobran toda la importancia del mundo y son las que efectivamente harán salvar más de una vida. No es de recibo para un Ministerio de Interior que la mayoría de los asesinatos de mujeres por sus maridos, lo sea en realidad por sus ex, sin que la policía pueda evitarlo. Son muertes anunciadas, a veces en televisión o en la radio, por parte de hombres muchas veces ya condenados, que además son asesinos únicamente de su mujer. Las tareas de protección a la mujer y de persecución al agresor son tan sencillas como de primero de academia, y sin embargo, asistimos con pavor al incremento de estas muertes. Hay que decir también que el hecho de que muchos intentos de agresiones a mujeres lo sean por sus ex, nos pone una nota de esperanza: hay muchas mujeres que están denunciando, que se han ido de sus felices hogares, que se están rebelando..., aunque muchas lo pagan con su vida.
El hecho de que coincida a menudo que un marido agresor sea también un padre agresor, ha hecho que cada vez se tienda más a identificar la violencia sexista contra las mujeres ejercida por los hombres, con la violencia familiar o doméstica, como genérico. Esto difumina y esconde la violencia sexista y además falsea la realidad y las razones. Muchas de las medidas que se toman no son eficaces, pues no es lo mismo, tampoco desde las soluciones, un niño o niña golpeado que una mujer golpeada por su marido.
En estos debates y críticas que se realizan hay que decir que hemos mantenido una línea "correcta" en general, denunciando y proponiendo las soluciones señaladas, cosa que se prueba con el hecho de que no somos las feministas precisamente las que aparecemos en tertulias ni programas. De estas medidas y actuaciones, de los centros de asesoramiento, de las movilizaciones de solidaridad y apoyo, de los acompañamientos a las mujeres que sufren agresiones, de la denuncia de la institucionalización de nuestro discurso tergiversado, de la denuncia del poder patriarcal en la familia..., de todas estas cosas es de lo que queremos hablar cuando el tonto de turno nos pregunta si son suficientes las penas que se imponen a los agresores que matan a sus mujeres.
De Pamplona, para Córdoba. Jornadas Feminismo.es... y será.
Diciembre 2000
Bibliografía
EDLESON, J y EISIKOVITZ, Z, 1997: Violencia doméstica. La mujer golpeada y la familia. Ediciones Granica S.A. Buenos Aires.
LARRAURI, E. 1994: Mujeres, Derecho Penal y Criminología. Ediciones Siglo XXI. Madrid
MAQUIEIRA, V y SÁNCHEZ, C. 1990: Violencia y sociedad patriarcal. Editorial Pablo Iglesias. Madrid.
ZABALA, B. 1999: "Violencia sexista contra las mujeres" en EGIZAN Euskal borroka feminista aurrera ( Adelante la lucha feminista vasca). Edita Egizan. Navarra